Fabienne Peter, profesora de filosofía en la Universidad de Warwick, ha escrito mucho sobre la legitimidad política y está especialmente interesada en la cuestión de qué justifica la democracia. Entre sus publicaciones cabe destacar el libro Democratic Legitimacy (Routledge, 2009) y el artículo “Political Legitimacy”, publicado en Stanford Encyclopedia of Philosophy. En la entrevista, alude a un proyecto de investigación sobre los fundamentos normativos de diversas concepciones de la legitimidad política que inició mientras disfrutaba de una beca del Leverhulme Trust (2010-2011). En dicho proyecto analiza el papel que desempeñan los expertos en la justificación de las decisiones políticas.
Antes de mudarse a Warwick en 2004, impartió clases en la Universidad de Basilea y anteriormente fue investigadora postdoctoral en la Harvard School of Public Health, donde trabajó con Sudhir Anand y Amartya Sen en temas de justicia en el sector de la sanidad. En 1997, fue Hoover Fellow en la Universidad Católica de Lovaina.
Fue invitada a la EHESS el 9 de mayo de 2017 para presentar su artículo “The Grounds of Political Legitimacy” en el marco del Seminario de Filosofía Política Normativa del CESPRA. Este artículo se publicó en el Journal of the American Philosophical Association (2020, vol. 6, n° 3, pp. 372-390).
Esta entrevista fue realizada por Luc Foisneau (CNRS-CESPRA) en las instalaciones del Centro audiovisual de la EHESS, en el número 96 del bulevar Raspail, en París.
Dirección: Serge Blerald
Luc Foisneau – ¿Por qué decidió usted centrar sus investigaciones en la legitimidad política y no en la justicia?
Fabienne Peter – Lo que es vergonzoso es que me encargo de la cuestión de la legitimidad desde hace mucho tiempo. Empecé a trabajar en la legitimidad en el marco de mi investigación doctoral. Hace ya más de veinte años. Aunque en ese momento estaba interesada en la justicia, y de hecho sigo estándolo, tenía la impresión – estaba muy influida por El liberalismo político1 de Rawls – de que la legitimidad, como concepto político, es al menos tan importante, si no incluso más, que la justicia.
Para darle una idea de mi recorrido personal, cuando comencé a estudiar la legitimidad, estaba inscrita en un doctorado en economía y estaba realizando investigaciones sobre la teoría de la elección social. Después de leer mucho sobre la teoría de la elección social, simplemente me cansé del tema. Me parecía que los debates que eran realmente interesantes se encontraban en la teoría política y en la filosofía política. Era una época en la que aparecían muchos trabajos sobre la democracia deliberativa. Bernard Manin realizó un trabajo muy importante sobre este tema2. Me influyó mucho su obra, que ponía el acento en la deliberación como fuente de legitimidad. Leer su libro fue una revelación para mí. Con mis lecturas sobre la teoría de la elección social como fondo, por un lado, y luego este trabajo sobre la democracia deliberativa, por el otro, me parecía que lo que debía hacer – y es lo que hice en la tesis – era analizar la concepción de legitimidad inherente a la teoría de la elección social, y compararla con la concepción de legitimidad política que encontramos en los debates de teoría política, especialmente en el debate sobre la democracia deliberativa. Así que confronté los enfoques agregativos que se encuentran en la teoría de la elección social, en Arrow entre otros, con los enfoques deliberativos procedentes de la literatura de teoría política y de filosofía política.
Así es como mi recorrido personal explica por qué comencé a estudiar la legitimidad, y cómo mi reflexión sobre la legitimidad llegó a concentrarse en este contraste entre los enfoques económicos y los filosóficos. Pero, desde un punto de vista más general, me parece, volviendo a la influencia que Rawls tuvo sobre mí, que la justicia es un concepto ideal, para utilizar una fórmula muy usada hoy en día en los debates de filosofía política. La legitimidad, en cambio, es un concepto normativo que responde a lo que Rawls llama circunstancias no ideales. Es con respecto a la cuestión del cumplimiento (compliance) de los principios normativos que Rawls estableció la distinción entre teoría ideal y teoría no ideal3. Me interesa especialmente una cuestión que está relacionada con la de Rawls pero a la vez es diferente: ¿qué debemos hacer, o cómo debemos decidir, en un contexto político en el que no sabemos qué es lo que exige la justicia?
Me parece que se trata de una pregunta muy importante, porque las circunstancias de la política son tales que la mayor parte de las veces no sabemos lo que exige la justicia. Por lo general, en el contexto político, estamos expuestos a una elevada incertidumbre, no solo a propósito de hechos normativos, no solo en materia de justicia, sino también en materia de hechos empíricos. Los debates políticos son muy complejos. Y me parece que la respuesta correcta frente a esta complejidad es un concepto normativo operativo en tal contexto.
Y el concepto de justicia es erróneo, en mi opinión. Es demasiado exigente. Lo que la justicia exige en los debates políticos a menudo es más o menos inalcanzable. Pero la legitimidad debe estar a nuestro alcance. Por lo tanto, debemos analizar detenidamente las exigencias de la legitimidad para poder establecer si decisiones políticas e instituciones políticas determinadas son legítimas o no. Y encuentro fascinantes esta pregunta y este tipo de análisis normativo.
Luc Foisneau – ¿Cuál es su concepción de la legitimidad?
Fabienne Peter – Antes de contestar a su pregunta, déjeme que le explique de qué manera abordo el problema de la legitimidad. Creo que una característica de los debates de hoy en día, no solo sobre la justicia sino también sobre la legitimidad, es que tienden a estar dominados por una perspectiva moral. Así que la pregunta es “¿Qué exige la justicia desde un punto de vita moral?” Y, análogamente: “¿Qué exige la legitimidad desde un punto de vista moral?” Y este enfoque del problema siempre me ha parecido incompleto.
Esto remite a lo que estaba diciendo anteriormente. Creo que la vida política se caracteriza en gran medida por la incertidumbre a la que nos vemos expuestos cuando tratamos de tomar decisiones políticas, cuando debatimos en un foro político o en periódicos sobre lo que debemos hacer. Estos debates se caracterizan por una considerable incertidumbre. De esta manera, el campo político se caracteriza por una cierta dificultad epistémica que, en mi opinión, en general no está suficientemente teorizada. La perspectiva moral tiende a tener una influencia desmesurada.
Evidentemente, hay importantes cuestiones morales en la política. Y la justicia es una gran preocupación para la política. ¡En absoluto lo niego! Simplemente digo que un enfoque puramente moral solo cuenta una parte de la historia, al contrario de lo que admite la perspectiva moral dominante sobre la legitimidad, que se basa en lo que llamo en mi artículo “concepciones de la legitimidad política basadas en la voluntad”4. Los defensores de estas concepciones intentan dar una respuesta de tipo moral a la pregunta de qué es lo que exige la legitimidad, apoyándose en valores como la libertad, la igualdad, la democracia, etc. Según la concepción rawlsiana de la legitimidad política, por ejemplo, la legitimidad política exige que las decisiones políticas se justifiquen en base a razones que todas las personas, consideradas ciudadanos libres e iguales, puedan compartir5. Y según la concepción republicana de Philip Pettit, las decisiones políticas deben tomarse garantizando un control equitativo de todos los ciudadanos sobre dichas decisiones6. Las concepciones que se basan en la voluntad están particularmente bien equipadas para aprehender la importancia de la democracia cuando se aborda la legitimidad política.
Un segundo tipo de teorías de la legitimidad, por su parte, tiene menos que decir sobre la legitimidad democrática en los debates. Pero estas teorías ponen el acento en una característica muy importante de la vida política: el desafío de la toma de decisiones, tanto en política como fuera de ella, consiste, en parte, en tomar las decisiones correctas, y una de las condiciones de la legitimidad política es que la toma de decisiones tenga lugar en circunstancias epistémicas que nos permitan entender lo que son las decisiones correctas. En mi artículo, designo estas concepciones de legitimidad política como concepciones “basadas en creencias”. Joseph Raz, según el cual la legitimidad de una autoridad política está en función del servicio que nos preste, nos brinda un ejemplo perfecto7. Raz sostiene que la legitimidad de las decisiones políticas depende de la capacidad de la autoridad que las toma para identificar las decisiones correctas, es decir, para tomar decisiones que permitan a los ciudadanos someterse mejor a lo que deberían hacer de todas formas, o sea, independientemente de las decisiones tomadas por la autoridad política.
Así pues, existe en este punto un contraste entre esta forma de pensar la legitimidad, que prioriza la toma de decisiones correctas, y la anterior, que establece un vínculo entre el problema de la legitimidad y el hecho de respetar, de una forma u otra, la igualdad en la libertad de las personas.
Mi objeción a las concepciones basadas en la voluntad es que descuidan la cuestión de determinar cómo tomar las decisiones correctas. Y creo que las concepciones basadas en las creencias abren interesantes vías en este campo. Además, no en vano las concepciones basadas en creencias no tienen tanta influencia, en especial en los debates sobre la legitimidad democrática. Para mí, el problema principal de estas concepciones es que las circunstancias epistémicas de la política a menudo son tales que ignoramos cuál es la decisión correcta, como he señalado anteriormente. Cada uno de estos dos tipos de concepciones de la legitimidad tiene, por tanto, carencias, sobre todo cuando la cuestión de la legitimidad política se plantea en un contexto de política democrática como el que conocemos hoy en día en países como Francia, Reino Unido o Estados Unidos.
El objetivo de mi artículo, además de ofrecer una interpretación de estas dos formas de pensar la legitimidad, es defender que debemos preservar el elemento de verdad que es específico de cada uno de estos dos enfoques de la legitimidad política, y combinar estos elementos en una concepción híbrida de la legitimidad política.
Luc Foisneau – Como su trabajo es clave para todo aquel que esté interesado en la legitimidad y no es muy conocido en Francia, ¿podría resumir las ideas principales de Joseph Raz en dos minutos?
Fabienne Peter – De acuerdo. [Risas] Pues Joseph Raz ha hecho importantes contribuciones en el tema de la legitimidad8. Creo que todo aquel que se interese por la legitimidad debe estudiar seriamente sus contribuciones. Raz es un filósofo de derecho muy influyente que ha reflexionado en profundidad sobre la autoridad legal del deber de obedecer a la ley. Pero su trabajo sobre la autoridad, en general, es sumamente útil para definir qué es la autoridad política legítima.
Así, según la concepción de Raz, una autoridad práctica, ya sea legal o política, solo es legítima si las directrices que emanan de ella permiten a aquellos que están sujetos a esta autoridad (por ejemplo, los ciudadanos de un estado particular, en la esfera política) que actúen en mayor conformidad con las razones que se les aplican de todas formas, independientemente de dichas directrices, que si se fiaran de su propio juicio. Y si una autoridad, un gobierno por ejemplo, cumple con esta condición, entonces los ciudadanos deben hacer lo que se les pide, y no seguir sus propios juicios.
Para ilustrar esta idea, tomemos el ejemplo de un problema de coordinación o cooperación. Sin una autoridad que diga “¡Circule por la izquierda!” o “¡Coopere (por ejemplo, pagando impuestos), de lo contrario, será castigado!” el equilibrio ideal tal vez sería imposible de alcanzar. Esta es una forma de entender cómo una autoridad política puede ayudarnos a seguir mejor las razones que se nos aplican de todas maneras. Cada ciudadano tiene razones para resolver problemas de coordinación o cooperación, pero resolverlos podría ser difícil, e incluso imposible, si se tuviera que hacer siguiendo el juicio de cada uno de ellos. Para aclarar esto, la idea no es, si retomamos el ejemplo de la conducción de vehículos, que conducir por un determinado lado de la carretera sea en sí mismo la decisión correcta: conducir por un lado u otro es igual de óptimo, siempre y cuando todos circulen por el mismo. La idea, más bien, es que los problemas de coordinación, que pueden ser muy complejos en la vida política, tienen soluciones óptimas y soluciones subóptimas y que, fiándose de su propio juicio, los ciudadanos quizás no serían capaces de a) identificar soluciones óptimas, y b) ponerse de acuerdo en una solución óptima sin ser dirigidos para ello.
La principal característica del trabajo de Raz, en mi opinión, es esta idea de que la legitimidad política no tiene por qué resultar, necesariamente, del juicio de los ciudadanos, al contrario de lo que pretenden las concepciones de legitimidad política basadas en la voluntad. Algunas decisiones políticas son legítimas porque las toma alguien que se encuentra en una posición epistémica que le permite identificar lo que todos tenemos buenas razones para hacer.
Es aquí donde encuentro material para criticar a Raz. Su concepción de la legitimidad no me parece que tenga suficientemente en cuenta las circunstancias de la política tal como las he descrito. Teniéndolas en cuenta, muy a menudo, incluso los gobiernos bien intencionados pueden tener dificultades para detectar cuál es la decisión correcta. Así que la pregunta es la siguiente: ¿qué sucede con la concepción raziana de la legitimidad política si las circunstancias epistémicas son tal como las he descrito?
En mi opinión, un problema de la concepción de Raz es que parece implicar que, cuando las circunstancias epistémicas son tales que ninguna autoridad política estaría mejor situada que los ciudadanos para detectar las decisiones correctas, todas las decisiones serían necesariamente igual de ilegítimas, tanto unas como otras. Pero este no puede ser el caso. Por tanto, las circunstancias de la política plantean un problema. Lo que sostengo en mi artículo es que el enfoque híbrido tiene la ventaja de tener en cuenta estas circunstancias epistémicas, y también de tener algo que decir a propósito de lo que la legitimidad exige incluso en circunstancias epistémicas desfavorables.
Luc Foisneau – Lo que entiendo de su postura es que no es posible basar la legitimidad únicamente en una autoridad normativa – es decir, una autoridad que enuncie claramente lo que conviene hacer y que ofrezca buenas razones para justificar estas directrices – ya que hay circunstancias políticas que no permiten tomar decisiones siguiendo tal procedimiento. Así que necesitamos un segundo enfoque de la legitimidad para las situaciones en que es la voluntad del sujeto lo que importa, y no la naturaleza de las creencias implicadas en la decisión. Pero, ¿por qué considera que este segundo tipo de legitimidad es secundaria? ¿Por qué la llama “derivada”?
Fabienne Peter – La concepción híbrida de la legitimidad política reconoce dos fundamentos de la legitimidad: la autoridad normativa y la voluntad de los ciudadanos. Esto plantea una pregunta: ¿estos dos fundamentos tienen la misma importancia o uno es más fundamental que otro? En la particular visión híbrida que yo prefiero, la autoridad normativa es prioritaria y la voluntad de los ciudadanos es un fundamento secundario de la legitimidad. El valor de esta segunda forma de generar legitimidad radica en su capacidad de respuesta ante un problema epistémico que se plantea con la autoridad normativa.
Déjeme que le explique la idea básica comparándola con el trabajo de Rawls sobre la justificación pública. Rawls comprendió algo muy importante con su noción de justificación pública. Aseguraba que, en el ámbito político, la fuente de normatividad era una forma de acuerdo entre ciudadanos, en el sentido amplio del concepto. Pensaba que la justificación pública era el enfoque correcto de la justificación, tanto en materia de justicia como de legitimidad. Mucha de la gente que trabaja en la tradición rawlsiana ha seguido esta idea de Rawls. Esto es especialmente evidente para las concepciones de legitimidad política y de justicia formuladas en términos de razones públicas9. Según estas concepciones, la justicia y la legitimidad derivan de una forma de acuerdo entre ciudadanos libres e iguales. Para esta forma de concebir la justicia y la legitimidad, una forma de acuerdo entre los ciudadanos es, por lo tanto, y desde un punto de vista normativo, fundamental.
Como señalé anteriormente, creo que el trabajo de Rawls sobre la justificación pública es sumamente importante y ha sido muy productivo. Pero lo que Rawls no hizo fue plantearse la pregunta de cuándo es necesario adoptar una forma de justificación pública. Simplemente postuló que se trataba del enfoque correcto en el ámbito político, en oposición a concepciones más tradicionales de la justificación que nos llegan de la epistemología, tales como el fiabilismo, el evidencialismo, etcétera. Al concentrarse en la justificación pública, optó por un divorcio entre la teoría moral y política, por un lado, y la epistemología, por otro.
De hecho, creo que Ralws tiene razón al considerar que, en muchos contextos políticos, el enfoque correcto es una forma de justificación basada en acuerdos. Pero, a pesar de ello, es interesante preguntarnos con exactitud cuándo importa la justificación pública, y cuándo importa más que tomemos las decisiones correctas, en base a las razones que tenemos para creer que son las decisiones correctas. Esta cuestión es clave en mi investigación actual, y el trabajo de Rawls no la aborda.
La comparación con Rawls nos da otra perspectiva sobre la concepción híbrida que yo defiendo. Teniendo en cuenta lo importante que es tomar las decisiones correctas, propongo partir de la pregunta de si estamos en una posición epistémica lo suficientemente buena para identificarlas. Así que rechazo la idea de que la justificación basada en el acuerdo sea fundamental desde un punto de vista normativo, incluso en el ámbito político. Pero defiendo que la justificación basada en el acuerdo es importante como fundamento secundario de la legitimidad política cuando no tenemos una idea lo suficientemente precisa de cuál es la decisión correcta que debemos tomar.
Luc Foisneau – ¿Por qué razones normativas la democracia puede estar bajo presión, como lo está actualmente? ¿Esto está relacionado con el hecho de que los valores de la Ilustración estén cuestionados?
Fabienne Peter – En mi artículo, me centro exclusivamente en la literatura contemporánea. Pero la distinción que establezco está en sintonía con posiciones que han sido defendidas en la historia de las ideas políticas. Las teorías según las cuales la legitimidad proviene de mandatos divinos son un ejemplo de concepciones basadas en creencias. Para las teorías del mandato divino, la decisión correcta es aquella que Dios realmente quiere, y la autoridad política legítima se concede a aquellos que son capaces de discernir la voluntad de Dios. Pero con la llegada de la Ilustración, esta concepción de la legitimidad fue desacreditada. Fue reemplazada por una concepción de la legitimidad que, de un modo u otro, se basa en la igual libertad y la igual capacidad de razonamiento de cada persona. Esta forma de pensar la legitimidad corresponde a lo que yo llamo concepciones de legitimidad política basadas en la voluntad.
Si pasamos al presente, actualmente asistimos a un extraño resurgimiento de la idea de que necesitamos líderes fuertes que nos digan qué hacer. Es extraño porque esto no parece estar en resonancia con concepciones basadas en creencias. Parece, más bien, una suerte de autoritarismo absoluto. Así que los valores de la Ilustración sin duda están siendo sometidos a una dura prueba. Y creo que hay dos cosas que es importante señalar a este respecto.
Para empezar, es una evolución que tenemos que tomarnos en serio. No creo que sea sensato obstinarnos en defender la democracia pase lo que pase. Creo que tenemos que estar abiertos a la posibilidad de que haya otras opciones además de la democracia, aunque todavía no sepamos muy bien cuáles. Durante mucho tiempo, la democracia ha parecido ser un régimen político insuperable. Pero hoy en día es criticada desde todas las posiciones, y tenemos que tomarnos estas críticas en serio.
Pienso que, sobre todo, tenemos que tomarnos en serio la posibilidad de que las democracias puedan cometer graves errores. Y el enfoque híbrido que propongo nos permite hacerlo. Nos permite tomarnos en serio la idea de que hay decisiones que son correctas y que la legitimidad política depende de que los colectivos políticos tomen las decisiones correctas y descarten las equivocadas. Al mismo tiempo – y esta es mi segunda observación – debemos tener cuidado con el aumento del autoritarismo de tipo absoluto. En efecto, lo que cuenta no es la fuerza de los líderes sino las decisiones que toman. Teniendo en cuenta lo que dije acerca de las circunstancias epistémicas de la política, en virtud de las cuales es muy difícil saber cómo deberíamos vivir juntos, tenemos que ser muy prudentes cuando nos supeditamos a los juicios de los líderes autoritarios. Con toda probabilidad, no saben qué están haciendo.
Notes
1
John Rawls (1996). El liberalismo político, Barcelona: Crítica.
2
Bernard Manin (1998). Los principios del gobierno representativo, traducción de Fernando Vallespín, Madrid: Alianza Editorial.
3
En lo que respecta a la distinción de Rawls entre teoría ideal y teoría no ideal, consultar John Rawls (1979). Teoría de la justicia, traducción de María Dolores González, México D.F.: Fondo de Cultura Económica.
4
En el original: “conceptions de la légitimité politique fondées sur la volonté” (Fabienne Peter [2020]. “The Grounds of Political Legitimacy”, Journal of the American Philosophical Association, vol. 6, n° 3, pp. 372-390).
5
John Rawls (1996). El liberalismo político, Barcelona: Crítica.
6
Philip Pettit (2012). On the People’s Terms. A Republican Theory and Model of Democracy, Cambridge: Cambridge University Press.
7
Joseph Raz (1986). The Morality of Freedom, Oxford: Oxford University Press.
8
Joseph Raz (1986). The Morality of Freedom, Oxford: Oxford University Press. Consultar sobre todo la primera parte, “The Bounds of Authority”.
9
Consultar Jonathan Quong (2011). Liberalism Without Perfection, Oxford: Oxford University Press; y Gerald Gauss (2011). The Order of Public Reason : A Theory of Freedom and Morality in a Diverse and Bounded World, Cambridge: Cambridge University Press.