Los “archivos de la represión” en la era de la reproductibilidad técnica
Doctora en Historia, Textos y Documentos

(Universidad de la República - Laboratorio de Preservación Audiovisual del Archivo General)

Archivos de la inteligencia militar y gestiones del pasado reciente en Uruguay

Tribuna Olimpica durante el acto cultural por el Voto Verde en el Estadio Centenario. 1 de Febrero de 1989. © Daniel Caselli

Tribuna Olimpica durante el acto cultural por el Voto Verde en el Estadio Centenario. 1 de Febrero de 1989.

Introducción

El siguiente artículo se propone abordar la historia de la producción y resignificación de los archivos producidos por la inteligencia militar durante el pasado reciente en Uruguay, atendiendo al vínculo entre sus contextos de producción y usos desde la década de 1970, con el objetivo de comprender la relación entre la historia de los documentos y su resignificación en los contextos posteriores.

En los primeros días de julio de 2006, la prensa informaba que “la Ministra de Defensa Nacional, Azucena Berrutti, anunció la aparición de nuevos archivos referidos a acontecimientos de la dictadura que gobernó Uruguay entre 1973 y 19851. A poco tiempo de haber asumido, fue informada del posible traslado de una dependencia del Ministerio, en la que se ubicaba un conjunto importante de documentación y, en aquel contexto, tomó la iniciativa de inspeccionar los archivos allí existentes2. La Ministra señalaba que la documentación había sido ubicada en la ex Escuela de Inteligencia del Ejército y que se trataba de una “pieza llena de materiales”, que requerían de un “equipo de especialistas”, que fueran capaces de procesar los datos mediante un equipamiento tecnológico para una “lectura y digitalización adecuadas3.

Berruti -abogada defensora de presos políticos durante la dictadura militar en Uruguay- señalaba que los datos contenidos en aquella documentación debían ser leídos cuidadosamente, dado que podían referir a “hechos ciertos y eventualmente falsos4. Sin perjuicio de ello, el conjunto de los archivos ubicados fueron lacrados y puestos a disposición del Poder Ejecutivo, en particular del Dr. Gonzalo Fernández, Secretario de la Presidencia de la República y su asesor en temas de Derechos Humanos. La Ministra también ordenó, poco antes de dejar el cargo, relevar el secreto de los funcionarios dependientes de su cartera, con el objetivo de colaborar con informaciones relativas a la violación de los derechos humanos en dictadura5.

La necesidad de especialistas para la lectura y digitalización de los archivos en cuestión estaba asociada a que se trataba de centenares de rollos de microfilms, producidos por diversos servicios vinculados con la inteligencia militar en Uruguay. La noticia se ambientaba en un contexto de cambio de orientación política en el gobierno nacional. En 2005, la coalición de grupos pertenecientes a las diversas tendencias de izquierda en Uruguay triunfaron por primera vez en los comicios bajo el lema Encuentro Progresista - Frente Amplio, y el primero de marzo de ese año asumió la presidencia el Dr. Tabaré Vázquez. Entre sus primeras medidas estaba la puesta en marcha de una serie de acciones orientadas al esclarecimiento sobre las violaciones a los derechos humanos durante la última dictadura militar en Uruguay.

En la actualidad este archivo de microfilms se mantiene reservado a solicitudes de la justicia y bajo el amparo de la ley de protección de datos personales6. Contenidos parciales del mismo han sido dados a conocer a través de sus copias digitalizadas por investigadores que publicaron fragmentos a los que han accedido por diversas vías. En términos generales, se trata de expedientes producidos por diversos servicios de inteligencia militar como insumos para los procedimientos de investigación a personas y organizaciones. En general, construyen una mirada sobre los sujetos individuales y colectivos de carácter incriminatoria, abonando datos de carácter incierto o perturbante, con el objetivo específico de tipificar los grados de “peligrosidad para el orden público” de los sujetos nombrados. Este tipo de fondos documentales son conocidos internacionalmente como “archivos de la represión7.

Esta metodología de recolección de datos por parte de los organismos de inteligencia del Estado y la configuración de importantes archivos en la administración constituyó a su vez un método represivo en sí mismo. La sistematización de las informaciones se realizó a partir de cuestionarios llevados a cabo bajo tortura o estableciendo cadenas de informantes a partir de métodos de coacción directos o indirectos. Estos insumos y modalidades para la construcción de la información desde el Estado constituyen elementos determinantes en las políticas de Estado coercitivas. Su relectura en el presente suele tener efectos en la revictimización o afectación de los mismos individuos u organizaciones que inicialmente reclamaban su acceso.

En el Archivo General de la Nación de Uruguay -donde se conservan actualmente los rollos en cuestión- este conjunto es identificado como Fondo Oficina de Información de Derechos Humanos8, en un intento de resignificar estos archivos de inteligencia de Estado para la defensa de los derechos humanos en el presente. En publicaciones de carácter oficial aparece citado como Documentación del Servicio de Información de Defensa en custodia de la Secretaría de Derechos Humanos para el Pasado Reciente9. Esta segunda denominación nos dirige hacia las investigaciones históricas realizadas en el ámbito del Poder Ejecutivo en convenio con la Universidad de la República. Sin embargo, en referencias periodísticas y académicas se lo suele citar como Archivo Berrutti, poniendo el acento en la Ministra que ubicó la documentación10. A su vez, se trata de un archivo que ha suscitado debate en la agenda pública, cuestión que lo ha condecorado con la identificación más coloquial de Berrutti Papers, señalando un componente asociado a la liberación de estos documentos por terceros, presentando informaciones referidas a temáticas de corrupción, excesos de poder o violación de derechos11.

Los modos en que nombramos un archivo configuran un primer indicio acerca de su identidad. Por un lado, la diversidad de formas en las que se lo cita en la actualidad es una señal de la vaguedad y ausencia de conocimiento acerca de cómo fue producido, sus contenidos y características. Por otro, las denominaciones múltiples aluden a los diferentes actores que han hecho uso de estos documentos desde espacios estatales, académicos o periodísticos, con el objetivo de analizar este pasado aún traumático para la historia del país.

Proponemos una aproximación a la historia de los contextos en los que fue producido este archivo en la segunda mitad del siglo XX, sus métodos de resguardo como “archivo vivo” por la administración del Ministerio de Defensa desde aquel entonces hasta entrado el siglo XXI, y las diversas formas de resignificación que ha tenido, tras su identificación por parte de las autoridades del Poder Ejecutivo en 2006. Visto desde una perspectiva actual, el reclamo en torno a estos archivos ya cuenta con una historia propia en Uruguay de casi dos décadas, donde este fondo documental se suma a una serie de archivos de similares características.

Los escenarios de identificación, puja y demanda de acceso a estos archivos suele llevar a la idea de que, el “momento archivos12 se origina en este período específico de la posdictadura, posterior a 2005. Sin embargo, el fortalecimiento de un sistema organizado de persecución de personas y organizaciones sociales y políticas durante la última dictadura militar, también fue posible por la aplicación de ciertas metodologías de producción y organización de la información. A su vez, los procesos de amnistía a los perpetradores durante la transición democrática en Uruguay y la ausencia de juicios no incentivaron el uso de estas fuentes como prueba de las acciones de persecución cometidas por los organismos del Estado, permaneciendo guardados en su calidad de documento con valor administrativo. Esto configura otros “momentos archivos”, cuyos significados son diferentes al que le otorgamos en el presente.

El análisis de estos “momentos archivos” buscarán brindar ciertas claves analíticas en torno a cómo fueron producidos estos documentos, de qué manera sobrevivieron al paso de los años y los significados que se les han otorgado desde el momento de su identificación en 2006. Este abordaje busca poner en relación la historia material de los documentos, con la gestión de aquel pasado en períodos más recientes. Como veremos, la trayectoria de este archivo de microfilms cuenta con características específicas, pero su producción y posterior identificación se enmarca en contextos más amplios que nos aproximan a las diversas formas de administración y representación del pasado dictatorial durante la posdictadura.

Primer momento archivos. Producción y reproducción de la impunidad en la era analógica

El 6 de mayo de 1976, se promulgó un decreto que autorizaba “el empleo de la fotocopia y de la copia microfilmada de los expedientes y demás documentos archivados en todas las dependencias del Estado y demás Organismos Públicos”, agregando que “dichas copias tendrán la misma validez que el documento original a todos los fines para los que éste fuese empleado, sustituyéndolo con idéntico valor legal, siempre que estuvieren debidamente autenticadas13. Esta norma buscaba reglamentar un conjunto de leyes y decretos aprobados en los años previos al golpe de Estado de 1973 en Uruguay y durante el período inmediatamente posterior, asociados al ordenamiento de la administración pública, la gestión de la documentación que producía el Estado, la consideración de aquellos archivos que debieran ser preservados por su valor histórico y los que podían ser expurgados tras un proceso previo de fotocopia o microfilmación autenticadas14.

Desde 1960 hasta mediados de la década siguiente, sucesivas leyes de presupuesto dispusieron de recursos, a los efectos de llevar a cabo tareas de microfilmación, orientadas a reducir el espacio físico ocupado por los expedientes de la administración pública, cuyo volumen aumentaba de forma exponencial. Esta medida se llevó a cabo en numerosas oficinas y ministerios durante la década de 1970 y se complementó con los primeros procedimientos de traslado sistemático de documentación histórica, para su conservación permanente en el Archivo General de la Nación15.

En este mismo período, también se crean y reglamentan diversas oficinas especializadas en las tareas de inteligencia de Estado, en el ámbito de los Ministerios del Interior y Defensa Nacional16. Con respecto a los organismos de inteligencia militar, ya en 1965 la creación del Servicio de Información de Defensa (SID) tuvo como principal objetivo ordenar y sistematizar las actividades de información y contra-información en el ámbito de este ministerio, en un contexto de recrudecimiento de la tardía Guerra Fría en América Latina y vigilancia a posibles “grupos subversivos” en el país. Este servicio adquirió mayor relevancia, conforme las Fuerzas Armadas cobraron autonomía y un rol político progresivo, durante los años previos a la dictadura y, en particular, tras la aprobación de la “Ley de Seguridad de Estado” en 1972 y la creación del Consejo de Seguridad de Estado en febrero de 1973, con participación directa de las Fuerzas Armadas en el Poder Ejecutivo. A partir del Golpe de Estado y con la aprobación de la Ley Orgánica Militar en 1974, el SID cumpliría un rol central en la sistematización de la información, asociado directamente a órganos políticos de representación militar como la Junta de Comandantes en Jefe17. Así, las actividades de producción de información e investigación sobre personas consideradas “desestabilizadoras del orden público” contaron con institucionalidad renovada y disposiciones administrativas vinculadas con la organización del Estado y la gestión de la documentación producida en su seno, que permitiera un accionar efectivo con respecto a los objetivos de investigación e inteligencia trazados. De este modo, diversos mecanismos se fueron gestando desde el período anterior al golpe, en un proceso que el historiador Álvaro Rico ha denominado “el camino democrático al autoritarismo18.

La historiadora Elizabeth Jelin señala que las dictaduras militares tuvieron un accionar de carácter clandestino e ilegal, que difícilmente haya quedado registrado de manera escrita. Sin embargo, agrega que se trató de “regímenes con cadenas de mando, con una organización burocrático-militar, con instituciones policiales y de inteligencia, cuyas prácticas implican llevar registros, redactar informes, organizar prontuarios y guardarlos en archivos, para activarlos en cualquier momento19. A las medidas adoptadas en relación con la modernización de la administración y los dispositivos aprobados en materia de inteligencia de Estado con finalidades de seguridad interna, podemos agregar que la dictadura se caracterizó por el fortalecimiento de un discurso patriótico y, en consecuencia, una buena disposición al robustecimiento de instituciones asociadas a la conservación y visibilidad del patrimonio histórico y los símbolos nacionales.

Se trata de diversos aspectos, generalmente analizados en forma separada, pero que vistos en su conjunto abonan al análisis sobre la producción de estas series documentales. La bibliografía y las reflexiones en torno a los archivos producidos por organismos del Estado en el período de la dictadura han señalado esta etapa de la historia del país como un momento de saqueo y ocultamiento de archivos20. Sin embargo, entre mediados de la década de 1960 y la siguiente se aprobaron una importante cantidad de decretos y resoluciones, cuyo impacto trasciende ampliamente la cronología político-institucional del régimen y llaman la atención, invitándonos a aguzar la mirada, en la búsqueda de claves para entender cómo perduraron en el tiempo, aquellos microfilms precitados.

Para brindar solamente algunos ejemplos, entre los años 1971 y 1977 se aprobaron la ley que crea la Comisión de Patrimonio Histórico y Cultural de la Nación y el Reglamento Orgánico del Archivo General de la Nación21. En el primer caso, por primera vez Uruguay contaba con una Comisión que tenía entre sus funciones determinar qué debía ser conservado y qué podría ser expurgado en materia de documentos públicos. A su vez, se señalaba en estos textos que aquellos documentos producidos hace 30 años o más, y que no tuvieran uso en la administración, debían ser trasladados al Archivo General de la Nación22. Esta serie de normativas sobre qué guardar, qué microfilmar y quién lo define, también incluían quien autoriza la destrucción de documentos. Así, en el decreto referido al inicio sobre la microfilmación de expedientes, se autorizaba la eliminación de los “documentos archivados una vez microfilmados, teniéndose en cuenta las necesidades de cada Organismo y dependencias del Estado, sin perjuicio de lo establecido en la ley 14.040 de 20 de octubre de 1971 [de creación de la Comisión de Patrimonio Histórico y Cultural de la Nación]...”23.

De este modo, el estímulo por el acopio, la identificación y organización de archivos históricos incluyó la disposición de mecanismos en la administración para la microfilmación de expedientes, su autenticación para usos administrativos y la eliminación de los documentos originales. Esto explica la existencia de centenares de rollos de microfilms en la órbita de la Inteligencia del Ejército. Se trataba de documentación activa para la gestión de la inteligencia militar y la microfilmación permitía la preservación de las informaciones, para su reutilización en el marco de las investigaciones en curso.

De hecho, las carátulas de cada rollo cumplen de manera precisa con todas las disposiciones establecidas en el decreto: “número de rollo, nombre del Estado, de la localidad, Dependencia u Organismo donde se realiza la microfilmación, fecha de iniciación de la microfilmación, denominación de la documentación a contener, características, número o identificación del último documento microfilmado y firmas autenticantes24. Según los datos publicados, estos expedientes de inteligencia comenzaron a producirse desde la década de 195025 hasta fines de la década de 1990, abarcando por lo tanto el período previo a la dictadura y el posterior de la restauración democrática. La copia por microfilm comenzó a realizarse a comienzos de la década de 1980 hasta entrada la década de 200026.

Lo cierto es que entre 1983 y 1984, algunos decretos especificaron la destrucción de aquellos documentos que habían sido microfilmados en Ministerios como Transporte y Obras Públicas o Defensa Nacional27. Culminada la dictadura, otro decreto alerta sobre un posible exceso en los mecanismos de destrucción, derogando las disposiciones anteriores28.

Los organismos que figuran como productores de la documentación microfilmada son el Ministerio de Defensa Nacional, el Estado Mayor Conjunto y la Corte Electoral29. Como vimos, en sus declaraciones iniciales la ministra Berrutti vinculaba esta documentación con el período transcurrido entre 1973 y 1985 y su acción de lacrado estaba orientada a colaborar con las iniciativas de verdad sobre la violación a los derechos humanos en dictadura. Actualmente las investigaciones señalan que los últimos expedientes de investigación datan de fines de la década de 1990 y los procedimientos de microfilmación se realizaron hasta comienzos del siglo XXI. De este modo, la distancia cronológica entre la producción del archivo y su lacrado en 2006 se acorta y nos obliga a indagar también en las estrategias de silenciamiento de estos documentos, tras la recuperación de la democracia política.

La supervivencia del archivo en cuestión es una expresión de la persistencia de ciertas prácticas de investigación a personas y organizaciones sociales culminado el período dictatorial propiamente dicho y explica la necesidad de conservación de esta serie de expedientes en la órbita del Ministerio de Defensa, hasta los años inmediatamente previos a 2006. Los mismos no fueron resignificados como documentos de prueba de un accionar ilegítimo del Estado durante la década de 1980 y, en consecuencia, tampoco fueron apartados como vestigios de un pasado que habría que revisar durante la apertura democrática. Por otra parte, el mecanismo de microfilmación obliga a un acceso indirecto a la documentación, cuya lectura requiere de tecnologías y personal especializado. En las décadas inmediatamente posteriores a la restauración de la democracia, signadas como veremos por una política del silenciamiento frente a los crímenes cometidos en dictadura, su resguardo en pequeñas cajas de cartón fue también un modo de camuflar su presencia.

Segundo momento archivos. El secreto de Estado y los archivos del dolor

Conforme los expedientes de seguimiento a personas y organizaciones sociales y políticas seguían produciéndose en los servicios de Inteligencia, a comienzos de la década de 1980 se inició en Uruguay el período de la transición democrática. Tras la negativa de la población al proyecto de Reforma Constitucional propuesto por la dictadura militar en el año 1980, comenzaron las negociaciones y acuerdos de cara a las elecciones nacionales, con las primeras disposiciones de aprobación de asociaciones profesionales y actividad de partidos políticos autorizados. En este contexto, en noviembre de 1984 se llevaron a cabo las elecciones nacionales. A mediados de febrero de 1985 se inició la actividad parlamentaria y para el 1º de marzo de ese año asumió el Dr. Julio María Sanguinetti como presidente de la República30.

Durante esos primeros meses de gobierno democrático, varias iniciativas se llevaron a cabo, apuntando a impulsar o frenar los procesos de esclarecimiento de los hechos durante la dictadura. Se conformaron dos comisiones parlamentarias, la primera de ellas sobre los uruguayos detenidos-desaparecidos y la segunda sobre el asesinato en Buenos Aires en 1976 de los ex legisladores uruguayos Zelmar Michelini y Héctor Gutiérrez Ruiz. En el mismo sentido, numerosas denuncias fueron elevadas a la justicia civil por los familiares de los desaparecidos, buscando el esclarecimiento y procesamiento de los responsables31.

Acciones de impulso y freno con respecto al juzgamiento de los responsables de la represión estatal fueron objeto de discusión en el debate parlamentario. Proyectos de ley de diversa índole mostraban las divergencias en el campo político con respecto al esclarecimiento de los hechos, el otorgamiento de responsabilidades a quienes habían participado de los crímenes y la persecución a la ciudadanía y, en consecuencia, el alcance que debía tener la amnistía. Desde el proyecto de “Pacificación Nacional” presentado por el Presidente Sanguinetti, donde se brindaba amnistía total a los perpetradores, hasta los textos presentados desde el Partido Nacional o el Frente Amplio (ambos opositores), que buscaban establecer marcos para los procesos de esclarecimiento y justicia, muy diversas posturas se expresaron en los primeros meses de vida democrática32.

Lo cierto es que la resolución a este respecto en el debate parlamentario se sintetizó con la aprobación de la Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado a fines de 1986, que globalmente clausuraba los posibles juicios a los responsables de las violaciones a los derechos humanos y solamente indicaba, en su artículo 4º, la posibilidad de investigar sobre el destino de los uruguayos detenidos-desaparecidos en el país33. Esta síntesis política fue una expresión del alcance de los acuerdos entre referentes de los campos político y militar, en el período previo a la apertura. En particular, en agosto de 1984 se produjo el Pacto del Club Naval, donde diversos aspectos asociados a las características de la transición democrática fueron debatidos. Por otra parte, sectores que no habían participado y no reconocían aquel pacto -particularmente la corriente wilsonista del Partido Nacional- retiraron sus primeras propuestas legislativas de aliento a los juicios, tras las presiones ejercidas desde la órbita militar y su negativa a presentarse ante la justicia civil, frente a las primeras denuncias34. Se trata de eventos que reforzaron en la escena pública, un discurso de amnistía a los perpetradores, como método adecuado para preservar el equilibrio democrático. Los impulsos de justicia fueron catalogados desde el gobierno como posibles agentes desestabilizadores de las libertades recientemente adquiridas. Este conjunto de factores tuvo como resultado la aprobación de la ley mencionada, limitando las posibilidades de juzgamiento a los responsables de los crímenes y restringiendo el alcance de la justicia transicional en el período inmediatamente posterior al fin de la dictadura.

La abogada Gianella Bardazano analiza uno de los proyectos originalmente presentado por los senadores Alberto Zumarán y Hugo Batalla -del Partido Nacional y el Frente Amplio respectivamente- en diciembre de 1985. La propuesta fue realizada tras diversas fundamentaciones asociadas a la postura de ambos, sobre la necesidad del establecimiento de procedimientos de juicio. El proyecto buscaba “dotar al Poder Judicial de instrumentos jurídicos reales que permitan el efectivo cumplimiento de la investigación35. Señalaban para ello, la necesidad de modificar la normativa, estableciendo “el deber de toda persona de prestar información y facilitar el diligenciamiento de prueba”. Se trataba de relevar “del deber de guardar secreto de naturaleza política, militar, administrativa o relacionada con la seguridad nacional”. De este modo, se instaba a los funcionarios a aportar fuentes de prueba, de aquellas informaciones relativas a los delitos de lesa-humanidad, relevando el secreto de los expedientes en cuestión36. Aquellas propuestas quedaron diluidas con la aprobación de la Ley de Caducidad.

Bardazano muestra así, de qué manera la ley finalmente aprobada no permitió el desarrollo de una “justicia retroactiva”37, en la cual el desplazamiento del régimen autoritario incluye medidas de castigo a los perpetradores, para el efectivo restablecimiento de la democracia. Este estudio identifica el caso uruguayo como un proceso de transición restaurativo donde -entre otros factores- las fuentes probatorias para la justicia ordinaria no fueron utilizadas a la hora de establecer responsabilidades y procesos de condena. La Ley de Caducidad fue ratificada mediante plebiscito en 1989. El despliegue de una extensa campaña en favor de su derogación organizada desde la sociedad civil fue contrarrestado desde el gobierno, a partir de los mismos argumentos en favor de no desestabilizar las garantías democráticas recientemente adquiridas. Visto desde la perspectiva de la historia de los archivos, “la transición restaurativa” y el mantenimiento del secreto en la administración pública no ambientaron un uso inmediato de esta documentación, con la finalidad explícita del esclarecimiento de estos casos en la órbita de la justicia.

Por el contrario, hoy sabemos que durante aquellos debates de las décadas de 1980 y 1990, estos expedientes de seguimiento a personas y organizaciones, cuyas acciones pudieran alterar el orden público según los servicios de inteligencia de Estado seguían produciéndose, a partir de las mismas prácticas ya aceitadas desde el período dictatorial anterior. Las consecuencias de la permanencia del secreto en estos organismos, implicaba a su vez una continuidad en la investigación a personas y organizaciones sin orden judicial, que tampoco fue interrumpida. La transición pactada tuvo, por lo tanto, una consecuencia específica en relación con la historia de estos documentos, cuyos usos en la pos-dictadura se mantuvieron en el marco de un “archivo vivo”.

La historiografía ha señalado el aquietamiento de los debates públicos sobre el pasado dictatorial durante buena parte de la década de 1990 en Uruguay38. La historiadora Eugenia Allier apunta que buena parte de las acciones realizadas por las organizaciones de derechos humanos en este período estuvieron orientadas a colaborar con las iniciativas internacionales, que configuraron escenarios de disputa frente a la posición del Estado uruguayo39.

A nivel internacional, la década de 1990 también coincide con la caída del Muro de Berlín, la desestalinización y diversos procesos de democratización de países anteriormente ligados a la Unión Soviética. En aquel contexto, desde organismos internacionales como la UNESCO y el Consejo Internacional de Archivos se desarrollaron los primeros informes que proponían de forma unificada, recomendaciones para “los archivos de las desaparecidas instituciones represivas en las nuevas democracias 1974-199440. A inicios de la década de 1990, los grupos de expertos conformados en este ámbito comenzaron a recabar información y realizar primeras recomendaciones. Se buscó una “presencia equilibrada de países envueltos en procesos de transición política tanto de Europa central y del Este como de América Latina, de África y de Europa Occidental (en el caso de las desaparecidas dictaduras ibéricas o griega)41.

Documentos de trámite en tránsito. 23 de setiembre de 2010.  © Javier Calvelo

Documentos de trámite en tránsito. 23 de setiembre de 2010.

Estos informes advertían en cuanto a la imperiosa necesidad de traslado en materia de custodia de este tipo de archivos, a los efectos de prevenir “en la hipótesis de una vuelta al régimen represivo, [que] los documentos podrían volver a ser utilizados con finalidad despreciable43. En consonancia con los diagnósticos del Consejo Internacional de Archivos, en el año 1996 el informe elaborado por el Jurista Louis Joinet sobre “la cuestión de la impunidad de los autores de violaciones de los derechos humanos (civiles y políticos)”, a pedido de la Comisión de Derechos Humanos de UNESCO, reiteraba entre sus puntos, el imperativo de la preservación de los archivos, en tanto fuentes de prueba en el esclarecimiento de las violaciones a los derechos humanos, como un componente esencial en el cumplimiento del “derecho a saber”44.

Con respecto a América Latina, el documento de recomendaciones sobre los archivos de la represión señalaba los casos de Chile, Paraguay y Brasil45. En relación con el caso chileno, apuntaba que la Comisión por la Verdad y la Reconciliación formada tras el fin de la dictadura de Augusto Pinochet había recurrido a testimonios de las víctimas y protagonistas, ante la carencia de documentos producidos por el Estado en materia de violaciones a los derechos humanos. Se señalaba a su vez, que este tipo de documentación no había posibilitado la identificación de responsabilidades y perpetradores en aquella experiencia. En el caso uruguayo, las acciones de denuncia a nivel internacional durante la década de 1990 también se orientaron por la recolección de documentos y testimonios de las víctimas directas y sus familiares, a través de las organizaciones de Derechos Humanos46. En contraposición a los archivos producidos desde los organismos represores, algunos autores han categorizado estos fondos documentales como los “archivos del dolor47.

Hacia fines de esta década, nuevas demandas en la órbita internacional y un nuevo impulso a nivel local a través de la multitudinaria marcha en apoyo al reclamo de Madres y Familiares de Uruguayos Detenidos-Desaparecidos que comenzó a realizarse cada 20 de mayo desde 1996, configuraron un escenario de reactivación de este asunto en la agenda pública. A comienzos del nuevo siglo, el presidente Jorge Batlle (2000-2005) retomó la cuestión del esclarecimiento del destino de los desaparecidos y se conformó la Comisión para la Paz (Comipaz), como primera iniciativa en esta materia desde el fin de la dictadura. Las conclusiones de aquella primera comisión no brindaron a los familiares de desaparecidos informaciones adicionales a las que ya habían obtenido en los años previos de reclamo y organización de sus propios documentos. Por otra parte, la Comisión para la Paz también se basó en testimonios, en la mayoría de los casos ya conocidos por los familiares de las víctimas.

Tercer momento archivos. Emergencia de las pruebas, diseminación digital y actualización del pasado reciente

El nuevo impulso de las organizaciones de derechos humanos y el debate abierto tras el informe presentado por la Comisión para la Paz signaron una nueva etapa en los años siguientes. Las demandas por verdad y justicia constituyeron uno de los principales asuntos en la agenda de la coalición de izquierda para las elecciones de noviembre de 2004. Tras su triunfo en los comicios, diversos dispositivos se pusieron en marcha, asociados a la promoción de investigaciones que dieran cuenta del destino de los uruguayos detenidos-desaparecidos, atendiendo a lo que establecía el artículo 4º de la Ley de Caducidad y avanzando a través de lo que se dio en llamar una interpretación “perforada” de la misma48.

Esta nueva lectura de la ley, apuntaba a restablecer acciones de justicia transicional que no habían sido puestas en práctica previamente. En este sentido, el gobierno propuso un mecanismo singular. Se trataba de la contratación de equipos de investigadores, en convenio con la Universidad de la República, dedicados a la investigación histórica y arqueológica49. La contratación de académicos expertos constrastaba con el modelo de las comisiones de verdad y reconciliación y apuntaba a la legitimación de estas acciones por verdad y justicia gracias al involucramiento de saberes idóneos en la materia. En el caso de las investigaciones históricas, Tabaré Vázquez solicitó a los profesores José Pedro Barrán, Gerardo Caetano y Álvaro Rico, la coordinación de un equipo para la elaboración de una investigación documentada. Así las fuentes de prueba provenientes de los archivos públicos, cobraban un nuevo significado, luego de dos décadas de transición democrática. La segunda mitad de la década de 2000 se configuró como una etapa de identificación y “hallazgo” de archivos producidos durante la dictadura, basados en un nuevo impulso por identificar informaciones relativas a la violación de los derechos humanos. Se trataba de contar con documentos de prueba para el esclarecimiento de los casos y su presentación ante la justicia50.

Este conjunto de acciones se inspiraron en aquellas recomendaciones que los organismos internacionales habían desarrollado en la década anterior51. Se buscó renovar la legislación existente, creando un Sistema Nacional de Archivos, una dirección renovada en el Archivo General de la Nación y oficinas especializadas en el acceso a la información pública y la protección de datos personales52. Este cambio de orientación, pese al tiempo transcurrido desde la transición democrática en 1985, buscaba reponer tardíamente ciertos componentes de verdad y justicia, que implicaban una deuda del Estado con la sociedad y no habían sido tratados durante las décadas previas.

En este contexto, la Ministra Berruti ubicó los mencionados microfilms y puso en marcha un plan de digitalización masivo del conjunto. Culminadas las tareas, los rollos analógicos originales fueron trasladados en el año 2008 al Archivo General de la Nación, junto a una copia íntegra de los documentos digitalizados, quedando otras copias digitales en la Secretaría de Derechos Humanos para el Pasado Reciente y en la Presidencia de la República. En este contexto, el Archivo General de la Nación dispuso en el año 2011, de una reserva de estos documentos por 15 años, a los efectos de continuar con los procedimientos judiciales en curso y la Secretaría contó con las copias digitales para el trabajo colaborativo con la Universidad de la República, en materia de investigación y esclarecimiento.

Paralelamente, en el archivo del Ministerio de Relaciones Exteriores se había conformado un equipo de técnicos abocados a procesar la documentación en cuestión53. En otras dependencias, diversos conjuntos documentales de importancia significativa fueron dados a conocer. Se destaca en este sentido, el archivo de la Dirección Nacional de Investigaciones e Inteligencia del Ministerio del Interior, la documentación obrante en la entonces Secretaría de Seguimiento de la Comisión para la Paz (posteriormente denominada Secretaría de Derechos Humanos para el Pasado Reciente) y los expedientes de la Justicia Militar que quedaron bajo custodia directa del Poder Judicial, por citar solamente los ejemplos más voluminosos54.

El archivo de microfilms ubicado en la ex Escuela de Inteligencia del Ejército fue el único de los anteriormente citados, inmediatamente lacrado tras su ubicación, separado de las dependencias militares en las que se encontraba y puesto bajo custodia civil en la órbita del Poder Ejecutivo. En general, el acceso a los archivos fue gestionado por el equipo de investigadores de la Universidad de la República mientras que, en el caso de los microfilms del Ministerio de Defensa Nacional se estableció un proceso de actuación y transferencia de custodia desde el Poder Ejecutivo, para luego poner a disposición el archivo para las investigaciones en curso. En este sentido, su trayectoria lo distingue del resto de las experiencias mencionadas. Con respecto a la custodia, en el caso de los archivos de la Justicia Militar quedaron bajo la órbita del Poder Judicial para uso de las causas en curso55. En el resto de los ejemplos, los archivos siguieron bajo la responsabilidad de sus dependencias productoras y el acceso de los investigadores estuvo sujeto a las normativas internas de los diferentes ministerios.

El impulso renovado en torno a la temática de los archivos desde 2005, coincidió con la aceleración de los métodos de digitalización, como herramientas de reproducción de archivos de forma masiva y los inicios de los procesos de desmaterialización de la documentación y sus mecanismos de gestión electrónica. Los usos simultáneos de la documentación para una justicia transicional tardía, identificada por un equipo de investigadores que también renovaba su campo de estudios sobre el pasado reciente a partir de estas nuevas fuentes, se desarrollaba en un marco de procedimientos de reproducción de los documentos en el ambiente digital. Diversas iniciativas de digitalización se llevaron a cabo, pero sólo en el caso de los microfilms del Ministerio de Defensa hubo un traspaso a dependencias civiles del conjunto íntegro transferido a formato digital.

Para poner otros ejemplos, en el caso del Ministerio del Interior, el convenio de digitalización se concretó en el año 2013 entre esta cartera, la Universidad de la República y la Secretaría de Derechos Humanos para el Pasado Reciente. El procedimiento aún está en marcha y se ha realizado por etapas, en las dependencias del propio Ministerio. Se trata de uno de los primeros archivos consultados por el equipo de historiadores que trabajó en convenio con la Universidad de la República y constituyó la base documental de una temprana publicación realizada en 2008, que profundizaba en los procesos y el desarrollo del terrorismo de Estado, más allá de los casos de desaparición forzada específicos56. En el caso del Ministerio del Interior, al culminar los procedimientos de digitalización, la documentación es transferida paulatinamente a la Secretaría de Derechos Humanos para el Pasado Reciente57. Por otra parte, los archivos digitales quedan disponibles mediante un formulario específico en el Centro de Estudios Interdisciplinarios Uruguayos de la Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación de la Universidad de la República.

Otras actividades de digitalización se han llevado a cabo, relativas a los archivos de la Justicia Militar y en dependencias del Ministerio de Defensa como el Cuerpo de Fusileros Navales del Comando General de la Armada. Con relación al primer caso, los archivos digitales se mantienen en la órbita del Poder Judicial. Con respecto al archivo de Fusileros Navales, según informaciones parciales publicadas en la prensa, en 2016 se ubicó un conjunto de archivos en este ámbito, pero no existen informaciones específicas en cuanto al proceso de copiado por parte de los investigadores que accedieron al mismo, tampoco se conocen expedientes de lacrado o traslado de la documentación original, ni el destino de las reproducciones digitales58.

Globalmente, el tratamiento en materia de custodia, reproducción y acceso a los archivos ha tenido criterios divergentes. Los primeros usos de esta documentación estuvieron simultáneamente al servicio de los informes al Poder Ejecutivo realizados por el equipo de investigadores de la Universidad de la República y del aporte a la justicia. Paralelamente, los procedimientos de reproducción en el ambiente digital, el impulso de un campo de estudios sobre el pasado reciente a nivel académico y las demandas sociales en torno al tema, ambientaron diversos tipos de circulación de aquellas informaciones en trabajos universitarios, periodísticos y de iniciativas de la sociedad civil.

De esta forma, el reclamo de las organizaciones de derechos humanos y el establecimiento de una nueva agenda política, ambientó la puesta en escena de la temática de los archivos, como un aspecto central asociado a la memoria y al esclarecimiento de los hechos sobre el período dictatorial. La identificación de archivos se constituyó como un escenario más de la disputa contra el negacionismo, la impunidad y la ausencia de revisión del pasado, que había caracterizado a los gobiernos de la posdictadura.

La agenda pública en torno al pasado dictatorial también fue protagonizada por una renovación de los estudios sobre el pasado reciente en el país y las mismas fuentes tardíamente probatorias en la justicia, cobraban un nuevo significado para la comprensión de aquellas etapas de la historia local59. Por otra parte, en el mecanismo dispuesto por el gobierno, las actividades de esclarecimiento de los hechos y apoyo a la justicia se realizaban mediante un convenio con la Universidad de la República. Así, buena parte de los investigadores que impulsaban los estudios sobre el pasado reciente en el ámbito académico, contribuían también al desarrollo de las investigaciones solicitadas desde la órbita del Poder Ejecutivo. Sin duda, estas condiciones de financiamiento sostenido de las investigaciones contribuyeron al robustecimiento del campo de los estudios sobre el pasado reciente entre mediados de la década de 2000 y la siguiente. Progresivamente, la vocación por comprender el pasado desde una perspectiva académica, la sensibilidad social y cultural inherente al tratamiento de un pasado traumático por parte de la comunidad especializada y el mandato institucional de la Universidad, en cuanto a responder a los asuntos de demanda pública, expresaron encuentros, contradicciones y diversidad de opiniones en el seno de la comunidad historiográfica, particularmente en la cuestión del acceso a los archivos.

Desde el punto de vista institucional, en el año 2011 un fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en respuesta a la causa de desaparición forzada de María Claudia García Irureta de Gelman, anunciaba sanciones por la insuficiencia de respuestas del Estado uruguayo, frente a las violaciones a los derechos humanos ocurridas en dictadura. En este caso, la CIDH incluía un apartado especialmente orientado a establecer criterios de acceso a los archivos, como parte del debido cumplimiento del “derecho a saber”60. Luego de las primeras etapas de trabajo, en un contexto de balance acerca de sus resultados y tras un nuevo cambio de gobierno, una nueva institucionalidad fue propuesta a los efectos de renovar las actividades y atender a los señalamientos del derecho internacional en la materia.

En ese marco, en 2015 se creó el Grupo de Trabajo por Verdad y Justicia, con integración de representantes del campo político, religioso y de los familiares de uruguayos detenidos-desaparecidos, retomando una modalidad más clásica y análoga a las comisiones de verdad y reconciliación61. Así, los equipos universitarios continuaron auxiliando en la encomienda de esclarecimiento de los hechos, a cargo de este grupo principalmente integrado por actores de la sociedad civil.

El momento presente. Obsolescencia de la cronología y saturación de la memoria

Tras una primera década de acciones en la materia, un período de balance con relación al trayecto recorrido ambientó diversos escenarios de debate. Desde el campo historiográfico, preocupaciones en torno a la ausencia de criterios unificados en el acceso a los archivos comenzaban a expresarse en el ámbito académico, poniendo el acento en la verificabilidad de las fuentes por la comunidad de investigadores62 y su debida contextualización63. En el año 2016, la Revista Contemporánea publicó una polémica entre los historiadores Vania Markarian y Álvaro Rico, que sintetizaba la política de archivos desarrollada en el país desde hacía una década64. Ambos se mostraban atentos a los reclamos por verdad y justicia. Sin embargo, Markarian profundizaba sobre el uso de aquellos documentos desde el campo historiográfico, la problematización de las fuentes y sus criterios de veracidad. Por su parte, Rico reforzaba la responsabilidad social e institucional en torno al esclarecimiento de los hechos sobre las violaciones a los derechos humanos en dictadura.

De forma concomitante, en 2015 la jueza Beatriz Larrieu incautó el archivo del Coronel retirado Elmar Castiglioni de su domicilio particular, en el marco de la causa asociada a las circunstancias de desaparición forzada del ciudadano uruguayo Fernando Miranda. Unos meses más tarde, la divulgación en la prensa de los peritajes realizados a pedido de la justicia en el marco de esta causa65, mostraron que aquellos mecanismos de investigación a personas y organizaciones se habían realizado de manera sistemática, tras el restablecimiento de la democracia. Los documentos incautados por la justicia daban cuenta de las actividades de este militar en la Dirección Nacional de Inteligencia de Estado del Ministerio de Defensa en los años posteriores a 1985.

A diferencia de los primeros supuestos de la Ministra Berruti en 2006, los archivos de la inteligencia militar en el pasado reciente ya no estaban circunscritos al período de la dictadura y sus antecedentes, sino que se ampliaban a los años de restablecimiento de la democracia, a partir de la continuidad de prácticas de investigación que, por otra parte, confirmaban la impunidad de los responsables. En este sentido, una nueva comisión parlamentaria fue creada para atender el asunto y analizaron la cuestión del espionaje en democracia, a partir de los rollos de microfilms con expedientes de la inteligencia militar, conservados en el Archivo General de la Nación66.

Durante las actividades de la comisión parlamentaria, una secuencia de artículos publicados en el Semanario Brecha por el periodista Samuel Blixen documentaban el seguimiento de personas y organizaciones luego del restablecimiento de la democracia, a partir de copias digitalizadas del archivo de microfilms de Ministerio de Defensa y obtenidas por el periodista a través de sus fuentes. Como confirmación de aquel trabajo periodístico, en agosto de 2017 el Semanario Brecha tomó la decisión de publicar en su página web, centenares de documentos provenientes de la digitalización de los microfilms relativos al espionaje en democracia67. La liberación de este conjunto masivo de archivos digitalizados ambientó una nueva polémica en la prensa. Este debate ampliaba a través de los medios, las diversas posturas manifestadas en el campo historiográfico en relación con los criterios de accesibilidad, la sensibilidad de los datos publicados, así como la trazabilidad de las fuentes en cuestión68. Las controversias entre los investigadores en torno a los usos simultáneos en la justicia y para el conocimiento histórico de los archivos represivos, así como el estatuto de veracidad de los mismos y quien lo determina, parecían diluirse en la publicación masiva de decenas de expedientes digitalizados en la página web de un semanario local, cuyos originales permanecían en reserva en el Archivo General de la Nación desde 2011.

A los debates inicialmente planteados, vinculados con los usos judiciales e históricos de aquellos documentos, el periodista Samuel Blixen agregaba el reclamo de acceso a aquellas informaciones para la investigación periodística, cuestionando su uso discrecional para ciertos campos de conocimiento. Las publicaciones de Blixen se orientaban al señalamiento de incongruencias en torno a los datos de los documentos publicados por los historiadores, en los informes realizados a la Presidencia de la República69. Esta enumeración de contradicciones en “los datos” señalada por el periodista reponía un cierto estatuto de “verdad” a los documentos citados. Si en las primeras polémicas se buscaba dar contexto, a los efectos de problematizar el estatuto de verdad del documento, el recurso periodístico con respecto al dato se articulaba en un escenario de descrédito de la investigación histórica en su conjunto. Los historiadores Álvaro Rico y Gerardo Caetano, que habían colaborado en la coordinación del equipo de investigación histórica, contestaban al periodista en el sentido de los niveles de acumulación de conocimiento, los diferentes momentos de la investigación, la atención a los procesos de largo plazo, la contextualización de los documentos y las garantías de justicia transicional, frente a la publicación de datos específicos tomados de archivos digitales dispersos70.

A posteriori de esta polémica, proyectos universitarios vinculados con la producción periodística y el procesamiento informático de los datos contenidos en los archivos digitales, originaron la iniciativa “Leyendo Unidos para Interpretar LoS Archivos”, cuya sigla se sintetiza en el nombre LUISA, en homenaje a una de las referentes del movimiento de derechos humanos en Uruguay, Luisa Cuesta. En este caso, la Universidad de la República, en convenio con Madres y Familiares de Uruguayos de Detenidos Desaparecidos, se abocan al procesamiento de los archivos digitalizados provenientes, entre otros, de los microfilms del Ministerio de Defensa71. La coordinación del trabajo está a cargo del propio Samuel Blixen, en su calidad de docente universitario, con la colaboración de la Facultad de Ingeniería. Esta iniciativa incluye actividades de procesamiento informático de los contenidos que figuran en las imágenes digitales y se complementa y amplía con el proyecto Cruzar72, destinado a la publicación de resultados en base a los documentos procesados.

La polémica inicial en torno a los contextos de producción de los archivos, así como la comprensión de su trazabilidad en los procesos de larga duración se desdibujó frente a la presión de encontrar respuestas en el contenido de los documentos, ante un Estado que no proporciona informaciones sobre los crímenes cometidos y el destino de los desaparecidos en el país. El procesamiento de los datos propiamente dichos diluye el debate en relación a los expedientes y sus prácticas de producción, como fuentes probatorias de las acciones ilegítimas del Estado. En la búsqueda de información, mediante el contenido neto de lo que se visualiza en los archivos digitalizados, se establece un presupuesto acerca de su veracidad. Lo cierto es que, la discusión y sus desenlaces abona -de forma subyacente- un trasfondo en torno al uso de los recursos económicos, el control de la documentación y la información disponible y la puja por proyectos en diversos campos del conocimiento, en un presente exigido por la ausencia de respuestas sobre las violaciones a los derechos humanos cometidas en el pasado.

Iniciativas recientes vinculadas con las humanidades digitales, proponen nuevos usos de la documentación que hoy circula de diversas formas en la web, estableciendo proyectos de carácter colaborativo, orientados a la unificación de la información existente. Se señala en este sentido, el proyecto voluntario sitiosdememoria.uy. Un nuevo ciclo parece iniciarse en el dominio de la sociedad civil organizada en torno a los derechos humanos, que cobra distancia del campo político, sus autoridades actuales y sus referentes históricos, y visualiza en la digitalización una herramienta nueva de reclamo.

El derrotero de este acervo de microfilms ubicado en 2006 se inserta así en diversos contextos de producción y resignificación de archivos sobre el pasado reciente. Según la categoría ya clásica de Pierre Nora, estos movimientos, debates y usos del archivo lo inscriben como posible “lugar de memoria73. Tal y como señala Eugenia Allier, en el caso de los pasados traumáticos de América Latina esta categoría ha de ser problematizada74. Como vimos, el reclamo de los archivos de la represión suele estar sucedido por disputas simbólicas con respecto a su contenido e interpretación, en el seno de las mismas organizaciones que alentaron su emergencia en la escena pública. Una vez que estos archivos asoman a la superficie, también presentan conflictos de memoria, asociados a los mismos episodios de persecución a los que se refieren. Suscitan debates en torno a la “veracidad” y “falsedad” de sus contenidos, quedando muchas veces en un segundo plano, las condiciones en las que fueron producidos y la relación directa de este proceso con el desarrollo del terrorismo de Estado propiamente dicho.

 

Recreación de la 25 ° Marcha del Silencio en un recorrido fotográfico por la av. 18 de Julio en Montevideo. 20 de mayo de 2020. © Javier Calvelo

Recreación de la 25 ° Marcha del Silencio en un recorrido fotográfico por la av. 18 de Julio en Montevideo. 20 de mayo de 2020.

Para el caso uruguayo, la ausencia de políticas públicas en torno a la desclasificación de archivos continúa su curso y, a las marchas multitudinarias en reclamos por verdad y justicia, se suman estas formas de circulación de información en el ambiente digital, que nuevamente resignifican nuestros modos de aproximación al pasado. Sin embargo, en Uruguay seguimos sin saber donde están la mayoría de los uruguayos detenidos-desaparecidos en dictadura y los archivos, como garantes de transparencia del régimen republicano en el que vivimos, siguen en estado de reserva. Pareciera entonces, que el reclamo -quizás anticuado- en favor del acceso a los vestigios materiales del pasado como un patrimonio común y como garante de nuestro “derecho a saber” continúa vigente.

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1

“Encuentran nuevos archivos de la dictadura en Uruguay” en ABC, Montevideo, 02 de julio de 2006 (Disponible en: abc.com.py).

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2

Augusto Gregori, Mario Mazzeo y Luis Mazzeo, El tapiz de los tupamarons y los hilos de otras historias, Montevideo, Planeta, 2020, p. 369.

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3

“Encuentran nuevos archivos…”, op. cit., 2006.

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5

Decreto 110/008, Montevideo, Imprenta Oficial, 4 de marzo de 2008.

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6

Archivo General de la Nación, Resolución 020/2011, Montevideo, 29 de julio de 2001 y Ley de protección de datos personales nº 18.331, Montevideo, Imprenta Oficial, 18 de agosto de 2008.

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7

Ludmila Da Silva Catela y Elizabeth Jelin (comp.), Los archivos de la represión. Documentos, memoria y verdad, Madrid-Buenos Aires, Siglo XXI, 2002 y Elizabeth Jelin, La lucha por el pasado. Cómo construimos la memoria social, Buenos Aires, Siglo XXI, 2017.

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8

Guía de fondos del Archivo General de la Nación, Montevideo, Archivo General de la Nación, 2017.

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9

Detenidos desaparecidos (fichas), Montevideo, Presidencia de la República (disponible en: www.gub.uy). Última actualización: 2019.

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10

Cruzar. Sistema de información de archivos del pasado reciente, Montevideo (disponible en: cruzar.edu.uy) y Sitios de Memoria Uruguay, Montevideo (disponible en: sitiosdememoria.uy).  

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11

Isabel Wschebor, “Detrás de los Berruti Papers”, La Diaria, Montevideo, 5 de agosto de 2017.

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12

Lila Caimari, “El Momento Archivos”, Revista Población y Sociedad, vol. 27, n. 2, 2020, p. 222-233.

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13

Decreto N° 253/976, Montevideo, Imprenta Oficial, 13 de mayo de 1976.

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14

Ley Nº 14.106, Montevideo, Imprenta Oficial, 14 de marzo de 1973 y Ley Nº 13.318, Montevideo, Imprenta Oficial, 28 de diciembre de 1964.

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15

Decreto Nº 295/977, Reglamento orgánico del Archivo General de la Nación, Montevideo, Imprenta Oficial, 17 de mayo de 1977.

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16

Decreto N° 68/965, Ministerio de Defensa Nacional. Servicio de Información de Defensa. Creación, Montevideo, Imprenta Oficial, 23 de febrero de 1965 (reglamentado por el decreto nº 344/1965 del 20 de julio de 1965). Decreto N° 875/971 Policía. Reglamento de la Dirección Nacional de Información e Inteligencia, Montevideo, Imprenta Oficial, 28 de diciembre de 1971.

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17

Álvaro Rico et. al., Investigación Histórica sobre la dictadura y el Terrorismo de Estado en el Uruguay (1973-1985), Montevideo, Udelar, 2008.

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18

Álvaro Rico, Uruguay. 1967-1973. Del Estado de Derecho al Estado de Policía”, Autores Varios, Estado de derecho y Estado de excepción. Alemania y Uruguay: las décadas violentas, Montevideo, Ediciones Trilce-Instituto Goethe, 1999.

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19

Elizabeth Jelin, “Archivos y archiverxs de la represión: tareas y desafíos en el presente”, Hilos Documentales. Revista del Archivo Histórico de la UNLP, La Plata, vol. 3, n. 6, 2021, p. 2.

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20

Victor Barranco García y Eliseo Gabriel Queijo Fellosa, “Primer acercamiento a la historia de la archivología en Uruguay”, Revista Fuentes, vol. 11, n. 43, 2016, p. 38 y 39.

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21

Decreto Nº 295/977, op. cit, Ley 14.040. Creación de la Comisión Comisión del Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural de la Nación, Montevideo, Imprenta Oficial, 27 de octubre de 1971. Además de las normativas relativas a la gestión y administración de los archivos públicos, se destaca el Decreto 640/973, (establecen normas generales de actuación administrativa en la Administración Central), Montevideo, Imprenta Oficial, 20 de agosto de 1973. Documentos manuscritos asociados a la elaboración y puesta en marcha de la normativa relativa a la gestión de los archivos y su vínculo con las instituciones de preservación patrimonial han sido conservados en el Archivo Personal del profesor Juan Pivel Devoto en el Archivo General de la Nación, dando cuenta de su participación en este proceso entre mediados de la década de 1960 y la siguiente, en calidad de Director del Museo Histórico Nacional entre 1940 y 1981, Ministro de Cultura entre 1963 y 1967 y presidente de la Comisión de Patrimonio Histórico y Cultural de la Nación y Director Interino del Archivo General de la Nación desde comienzos de la década de 1970.

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22

Archivo Personal de Juan Pivel Devoto. Archivo General de la Nación, Montevideo, Caja 246, Carpeta 853.

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23

Decreto N° 253/976, op. cit.

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25

El archivo contiene documentos que anteceden la etapa de los expedientes microfilmados. En este caso la técnica de reproducción fue a través de microfichas de cartón y exiten desde la década de 1950. Ver: Informe técnico del “Proyecto Conservación de los rollos de microfilm de Derechos Humanos de la época dictatorial” (Archivo General de la Nación, Laboratorio de Preservación Audiovisual del Archivo General de la Universidad), financiado por el Programa Iberarchivos y disponible en: iberarchivos.org

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27

Decreto 454/983, Montevideo, Imprenta Oficial, 11 de noviembre de 1983 y Decreto 512/984, Montevideo, Imprenta Oficial, 15 de noviembre de 1983.

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28

Decreto nº 536/985, Montevideo, Imprenta Oficial, 3 de octubre de 1985.

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29

Guía de fondos del Archivo General de la Nación, op. cit., p. 91.

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30

Carlos Demasi, El Uruguay en transición. El sinuoso camino hacia la democracia, Montevideo, Ediciones de la Banda Oriental, 2022.

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31

Eugenia Allier Montaño, Batallas por la memoria: los usos políticos del pasado reciente en Uruguay, Montevideo, Trilce, 2010, pp. 47-57.

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32

Aldo Marchesi (coord.), La Ley de Caducidad un tema inconcluso. Momentos, actores, argumentos (1986-2013), Montevideo, CSIC-Trilce, 2013. Ver particularmente, Gianella Bardazano, “Los efectos de la ley. Entre la amnistía en la tradición y Núremberg en la conciencia de la humanidad”, en Aldo Marchesi (comp.), La Ley de Caducidad. Un tema inconcluso. Momentos, actores y argumentos (1986-2013), Montevideo, CSIC-Trilce, 2013, p. 142-143.

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33

Idem. La ley se aprueba el 22 de diciembre de 1986 y poco tiempo después se instala la Comisión Nacional Pro-Referendum, destinada a juntar firmas para plebiscitarla. El plebiscito de esta ley se llevó a cabo en el año 1989, ratificando su vigencia.

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34

Gianella Bardazano, op. cit., p. 156 y 157 y Eugenia Allier, op. cit. p. 46-71.

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35

Gianella Bardazano, op. cit., p. 148.

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37

Idem., p. 151. En relación con este asunto, Bardazzano refiere al trabajo de C. Nino, Juicio al mal absoluto, Buenos Aires, Ariel, 2006.

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38

Vania Markarian y Aldo Marchesi, “Cinco décadas de estudios sobre la crisis, la democracia y el autoritarismo en Uruguay”, Revista Contemporánea, vol. 3, n. 3, 2012, p. 213-242.

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39

Eugenia Allier, op. cit., p. 102-111.

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40

Antonio Gonzalez Quintana (texto resumido), Los archivos de seguridad de estado de los desaparecidos regímenes represivos, UNESCO-ICA, 1995. (Disponible en: foroporlamemoria.info)

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44

Louis Joinet, La Administración de la justicia y los derechos humanos de los detenidos. La cuestión de la impunidad de los autores de violaciones a los derechos humanos (civiles y políticos), Comisión de Derechos Humanos de la UNESCO, 1996.

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45

Gonzalez Quintana, op. cit.

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46

Se destaca en este período el impulso en la organización y utilización de la Sección uruguaya del Servicio de Paz y Justicia y el archivo de Madres y Familiares de Uruguayos Detenidos Desaparecidos.

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47

Ludmila Da Silva Catela y Elizabeth Jelin, op. cit.

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48

Aldo Marchesi (coord.), La Ley de Caducidad, op. cit.

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49

Vania Markarian, “Los documentos del pasado reciente como materiales de archivo. Reflexiones desde el caso uruguayo”, Revista Contemporánea, vol. 7, 2016, p. 184.

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50

Destacamos que estos procesos estuvieron sincronizados con el desarrollo de investigaciones arqueológicas y, además del aspecto judicial y los primeros fallos en la justicia relativos a perpetradores del período de la dictadura, esta etapa se caracterizó por la identificación de cuatro personas que se encontraban detenidas-desaparecidas durante la dictadura. Nos referimos concretamente a Ubagesner Chaves Sosa, Fernando Miranda y más adelante, Ricardo Alfonso Blanco y Julio Castro.

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51

Desde 2004, diversos seminarios fueron llevados a cabo en la órbita del Archivo General de la Universidad de la República, atendiendo a la temática de Archivos y Derechos Humanos, tomando como referencia diversos trabajos de relevamiento realizados desde el equipo, a los efectos de sistematizar las informaciones existentes. A su vez, la histórica coordinadora del AGU, Alicia Casas, asumió como Directora del Archivo General de la Nación, integrando en la agenda pública esta temática a raíz de su experiencia internacional en el Consejo Internacional de Archivos desde la década anterior.

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52

Ley 18. 381 Sobre el Derecho a la Información Pública, Montevideo, Imprenta Oficial, 7 de noviembre de 2008, Ley 18.220 Sistema Nacional de Archivos, Montevideo, Imprenta Oficial, 8 de enero de 2008 y Ley 18.331, op. cit.

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53

Vania Markarian, “Una mirada desde los Derechos Humanos a las Relaciones Internacionales de la Dictadura”, en Carlos Demasi, Aldo Marchesi, Vania Markarian, Álvaro Rico y Jaime Yaffé, La Dictadura Cívico-Militar (1973-1985), Montevideo, Ediciones de la Banda Oriental, 2013.

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54

Los primeros relevamientos de archivos identificados pueden consultarse en: Vania Markarian, Isabel Wschebor, Eugenio Amen y Mariela Cornes, Relevamiento de archivos y repositorios documentales de derechos humanos en Uruguay, Montevideo, Archivo General de la Universidad de la República/Dirección de Derechos Humanos del Ministerio de Educación y Cultura/Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, 2007 e Investigación Histórica sobre Detenidos Desaparecidos. Tomo 1, Montevideo, Presidencia de la República, 2007. Una actualización de los mismos en Vania Markarian y Álvaro Rico (coord.), Archivos y Derechos Humanos : actualización del relevamiento de archivos y repositorios documentales sobre derechos humanos en Uruguay, Montevideo, CSIC-Udelar, 2017.

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55

Proyecto Archivos Judiciales Procedentes de la Justicia Militar (AJPROJUMI), poderjudicial.gub.uy

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56

Álvaro Rico (coord.), Investigación Histórica sobre la Dictadura y el Terrorismo de Estado en el Uruguay (1973-1985), Montevideo, Universidad de la República, 2008, 3 tomos. Este archivo también ha sido consultado por diversos investigadores en el período previo a su digitalización, tras pedidos de acceso específicos. Sobre este tema, ver: Magdalena Broquetas, “El Archivo de la Dirección Nacional de Investigaciones e Inteligencia: consideraciones sobre su apertura parcial y valoración de su importancia para la investigación histórica”, Revista Contemporánea, vol. 4, 2013.

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57

Actualmente esta secretaría ya no depende más de la Presidencia de la República y está bajo la órbita de la Institución Nacional de Derechos Humanos.

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58

Samuel Blixen, “Algo no huele bien en Uruguay: investigan quema de archivos militares y el posible vínculo con el juicio de Roma”, Semanario Brecha, 12 de julio de 2019.

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59

Se destaca en este sentido, la creación en el ámbito universitario del Grupo de Estudios para el Pasado Reciente (GEIPAR), que protagonizó el desarrollo de muy diversas publicaciones, seminarios e iniciativas académicas de formación en torno a la historia reciente en Uruguay, consolidando un campo de estudios especializado. geipar.udelar.edu.uy

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60

Corte Interamericana de Derechos Humanos, Caso Gelman vs. Uruguay, Sentencia del 24 de febrero de 2011, p. 279-282.

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61

Durante el año 2015, asumí la dirección de la Secretaría de Derechos Humanos para el Pasado Reciente, destinada a colaborar con el Grupo de Trabajo por Verdad y Justicia. La simultaneidad de procesos y reclamos en materia de gestión de la documentación, configuraba un escenario de archipiélago de archivos a cargo de diversos actores, con ausencia de una política y criterio unificado en la materia y la imposibilidad de procesamiento del conjunto me llevó a apartarme de este cargo a los pocos meses.

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62

Magdalena Broquetas, op. cit., 2013.

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63

Isabel Wschebor, “Con archivos el pasado no es el mismo”, Anuario de SERPAJ, 2014, p. 137-143.

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64

Vania Markarian, op. cit., 2016 y Álvaro Rico, “El actual malestar de los historiadores: entre la defensa del oficio y la responsabilidad política. Sobre archivo y repositorios documentales”, Revista Contemporánea, vol. 7, 2016.

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65

Samuel Blixen, “Servicios continuados”, Semanario Brecha, 2 de setiembre de 2016.

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66

Una síntesis del trabajo de esta comisión fue publicada por el legislador que la presidió, Gerardo Núñez, Espías de la democracia, Montevideo, Fin de Siglo, 2018.

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67

Documentos de espionaje militar en democracia, Seminario Brecha (disponibles en: brecha.com.uy).

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68

En separata especial de La Diaria, del 5 de agosto de 2017 sobre Los archivos Berrutti, los historiadores Vania Markarian, Nicolás Duffau, Isabel Wschebor y Carla Larrobla presentaban diversas posturas en torno al asunto.

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69

Samuel Blixen, “Desiguales ante la ley”, Polémica entre Samuel Blixen e historiadores, 2017 (disponible en: donde-estan.com).

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70

Álvaro Rico, “Sobre el artículo ‘Desiguales ante la ley’” y Gerardo Caetano, “Carta Abierta”, en Polémica entre Samuel Blixen e historiadores, 2017 (disponible en: donde-estan.com). Ver también: Gerardo Caetano, “Los archivos represivos y el debate sobre los criterios para su mejor utilización como instrumento de justicia y derechos”, Revista Claves, vol. 3, n. 5, 2017.

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71

Natalia Uval, “Convocan a recuperar archivos del pasado reciente”, La Diaria, 5 de abril de 2019.

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72

Cruzar. Sistema de información de archivos del pasado reciente, Montevideo (disponible en: cruzar.edu.uy)

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73

Pierre Nora (coord.), Les lieux de mémoires, Paris Gallimard, 1984.

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74

Eugenia Allier, “Los Lieux de mémoire: una propuesta historiográfica para el análisis de la memoria”, Historia y Grafía, vol. 31, 2008, p. 165-192.

Eugenia Allier Montaño, Batallas por la memoria: los usos políticos del pasado reciente en Uruguay, Montevideo, Trilce, 2010.

Gianella Bardazano, “Los efectos de la ley. Entre la amnistía en la tradición y Núremberg en la conciencia de la humanidad”, en Aldo Marchesi (comp.), La Ley de Caducidad. Un tema inconcluso. Momentos, actores y argumentos (1986-2013), Montevideo, CSIC-Trilce, 2013.

Magdalena Broquetas, “El Archivo de la Dirección Nacional de Investigaciones e Inteligencia: consideraciones sobre su apertura parcial y valoración de su importancia para la investigación histórica”, Revista Contemporánea, Montevideo, Universidad de la República, vol. 4, 2013.

Ludmila Da Silva Catela y Elizabeth Jelin (comp.), Los archivos de la represión. Documentos, memoria y verdad, Madrid-Buenos Aires, Siglo XXI, 2002.

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